¿Qué está ocurriendo con nuestro Sistema de Salud Público, es momento de plantearme un Seguro de Salud Privado?
Categoría: Ingenieria Juridica , Noticias
El COVID, está ralentizando más que nunca las listas de espera y el sistema público esta sufriendo un menoscabo asistencial, como nunca habíamos visto antes.
Los pacientes se acumulan a las puertas del ambulatorio porque nadie les coge el teléfono; hay tanta demanda y tan pocos médicos que no dan abasto. Centralitas colapsadas y largos plazos para recibir atención en los ambulatorios hacen que nos planteemos contratar un seguro de salud adaptado además a nuestras necesidades: seguros con cobertura ambulatoria, con cobertura hospitalaria, con reembolso de gastos….
Pero ¿qué tengo que saber antes de contratar un seguro de salud PRIVADO?
Antes de firmar la póliza conviene que prestes atención a determinados aspectos, como son las Preexistencias, los periodos de carencia que impone la aseguradora, el plazo de indisputabilidad de 1 año desde la contratación, la cobertura geográfica de la póliza, los límites con los que trabaja la compañía o las exclusiones, es decir, los supuestos que no cubre el seguro médico.
Además, antes de contratar un seguro médico, debes asegurarte de que la compañía elegida incluye los servicios o especialidades que te interesan y que dispone de un cuadro de profesionales y centros concertados suficientemente amplios como para satisfacer tus necesidades presentes o futuras.
1.- ¿Qué son las Preexistencias Médicas ?
Las preexistencias son aquellas discapacidades, enfermedades o patologías que existen en una persona antes de contratar un seguro de Salud. Es decir, se trata de cualquier condición médica que el futuro asegurado pudiera padecer con anterioridad a la contratación de la póliza y que pueden ser puestas en entredicho por la aseguradora.
2.- ¿ Que es el Periodo de carencia?
Las carencias de los seguros de Salud. La carencia de un seguro es el periodo de tiempo que transcurre entre el día en el que entra en vigor el contrato y el día en el que el asegurado puede comenzar a disfrutar de algunas garantías.
Por ejemplo, un periodo de carencia muy prolongado para los partos (por norma general, de ocho meses como mínimo) podrá perjudicar a una mujer que se quedara embarazada poco después de contratar el seguro, ya que no tendría derecho inmediato a hacerse ecografías, amniocentesis y otras pruebas diagnósticas.
Ejemplos de plazos de prescripción:
3 Meses : analíticas y pequeñas pruebas diagnosticas
6 Meses: para pruebas diagnosticas , como RX, Resonancia, TAC ..
8 Meses: Parto
12 Meses: Intervenciones y Hospitalizacion.
Dichas carencias pueden ser eliminadas si se procede de otra compañía de salud y se justifica aportando antigüedad en la póliza anterior mas de un año y existiendo continuidad con la nueva contratación.
3.- Cobertura geográfica
También con el fin de evitar sorpresas, es necesario comprobar el límite de la cobertura geográfica de la póliza, es decir, si estás cubiertos fuera de tu comunidad autónoma e incluso fuera de España, algo que resulta interesante si sueles viajar. Por norma general, la mayoría de aseguradoras ofrecen cobertura nacional. Y existe un capital de reembolso para urgencias en caso de viaje al extranjero, entre 6.000 y 12.000 euros y que se activa llamando al teléfono de asistencia en viaje en el extranjero que tienes detrás de tu tarjeta de salud y solo para casos de urgencia.
4.- Límites de edad
Los límites de edad también son importantes a la hora de contratar un seguro de salud, el limite de contratación suele ser hasta los 65 años existiendo compañías que permiten contratar hasta los 70 años, ya que las aseguradoras incrementan notablemente el precio de la póliza después de los 65 o 70 años, al considerar que el riesgo de enfermedad es mayor.
Atentos a las EXCLUSIONES:
Entre las principales exclusiones, es decir, aquellos supuestos que las aseguradoras no cubrirán en ningún caso, destacan las siguientes:
- Los daños físicos que sean consecuencia de guerras, motines, revoluciones y terrorismo, o por epidemias oficialmente declaradas, reacción o radiación nuclear, o fenómenos de la naturaleza (inundación, terremoto, erupción volcánica, tempestad ciclónica atípica, caída de cuerpos siderales y aerolitos). Estos daños los asumirá el Consorcio de Compensación de Seguros.
- Los fármacos y medicamentos, salvo los que se administren durante un ingreso hospitalario.
- La asistencia sanitaria como consecuencia del alcoholismo o la adición a las drogas.
- Los daños y lesiones derivados de la participación en hechos delictivos, intento de suicidio o autolesiones.
- Los daños y lesiones que se produzcan como consecuencia de la práctica de actividades de riesgo.
- La asistencia sanitaria de toda clase de enfermedades o lesiones congénitas o que ya existieran en el momento de contratación de la póliza.
- El diagnóstico, tratamiento e intervenciones quirúrgicas realizadas con fines estéticos o cosméticos, trasplantes de órganos y asistencia sanitaria del virus VIH (sida).
- La cirugía de la miopía, hipermetropía, astigmatismo y cualquier otra patología refractiva ocular y la rehabilitación y tratamientos de fisioterapia cuando se haya conseguido la recuperación funcional.
Muy Importante antes de contratar la póliza de SALUD:
El contrato de salud es un contrato de buena fe y por lo tanto la solicitud debe cumplimentarse y rellenarse bajo este principio al que se le acompaña un cuestionario sobre aspectos relacionados con su salud. Si la compañía comprueba que la información no es veraz y se ha ocultado una patología o lesión anterior, la aseguradora puede negarse a ofrecer la cobertura sanitaria, incluso durante el primer año puede la compañía poner en entre dicho la asistencia a cualquier patología o enfermedad congénita o degenerativa ya sea conocida por usted o no, es a lo que se llama el plazo de indisputabilidad.
Por último muy importante conocer la modalidad que quiero suscribir y el alcance de la misma, principalmente son:
Pólizas de Cuadro Médico (solo se puede acudir al cuadro médico de la misma) con y sin copagos, el copago es una cantidad de la que se participa por ir al medico puede ser de 1,3,5 y hasta 15 euros por acto pero reduce el coste del seguro.
Pólizas de Reembolso, además del cuadro médico el asegurado puede ir a un medico fuera del cuadro y que le reembolsen entre el 80 y 90% de la factura hasta el limite que indica la compañía.
Puedes contratar un suplemento dental para el dentista, pero recuerda que siempre lleva precios carenciados (es decir es un precio tasado de antemano) salvo limpieza y extracciones no quirúrgicas, que suelen incluirse en las condiciones del seguro de salud, acudiendo a los centros concertados de la compañía.
Si quieres proteger tu salud más allá de la Seguridad Social, contrata un Seguro de Salud. Protegete A TÍ y a TU FAMILIA
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